Art. 6.- El Programa estará dirigido a brindar becas y podrá incluir los siguientes componentes:
La beca podrá ser total o parcial. Se entenderá por beca total cuando el valor de la asignación sea igual al límite establecido por el Consejo de Administración. El monto de la beca por estudiante será determinado por la Entidad Ejecutora, sobre la base de los costos de los estudios y disponibilidades del programa.